Sí, así como caduca la leche, hay ciertos juicios que caducan cuando las partes (actor o demandado) dejan de promover en su juicio de primera instancia por 120 días hábiles y en segunda instancia si dejan de promover por 60 días hábiles, contados a partir de la última notificación de auto o determinación judicial, siempre y cuando no se haya llevado a cabo la audiencia de pruebas, alegatos y sentencia, en el caso de primera instancia.
La caducidad de la instancia ocurre por declaración de oficio del Juez o bien por petición de parte interesada. La caducidad de la instancia extingue el proceso no la acción, es decir, que en el caso de que tu juicio caduque tienes que solicitar la devolución de documentos y volver a iniciar, quedando sin efecto, por ejemplo, los embargos preventivos o cautelares realizados, pues con la caducidad de la instancia las cosas vuelven al estado que tenían antes de iniciado el juicio, haz de cuenta, que fuera una máquina del tiempo.
Aunque hay situaciones que NO CADUCAN como las resoluciones firmes sobre competencia, litispendencia, conexidad, personalidad y capacidad de los litigantes, que regirán en el juicio subsecuente si se promoviere.
JUICIOS QUE NO CADUCAN
La ley siempre tiene excepciones, en este caso, los juicios que NUNCA CADUCAN si se deja de promover son:
- Los juicios universales de concursos y sucesiones;
- La jurisdicción voluntaria;
- Los juicios de alimentos y violencia familiar; y
- Los juicios seguidos ante la justicia de paz;
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Lic. Angélica Meza: Egresada de la Facultad de Derecho de la UNAM. Experta en derechos de niños, niñas y adolescente.
Buenas tardes,
Tengo un juicio familiar de divorcio necesario por violencia y un invidente dentro del mismo para cancelar las convivencias. No se ha promovido nada desde enero del presente año. ¿Puede caducar el juicio? Y si caduca ¿pierdo la orden de restricción a mi favor y la suspensión de convivencias de mis hijos con el agresor?
Saludos.
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Pues por lo pronto tu juicio ya debe estar en el archivo, a donde se van después de inactividad procesal por más de 6 meses. Y por lo que dices de ser divorcio necesario debe ser un juicio muy viejo, sería necesario saber el año en que inició para saber que legislación se aplica y si procede o no la caducidad, es probable que no. ¿La restricción y suspensión es dentro del incidente o en materia penal? Si es en materia familiar y no caduca, no.
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BUENAS TARDES, LLEVE UN JUICIO DE DIVORCIO, DONDE SE DECRETO EL DIVORCIO Y LA PENSION ALIMENTICIA PROVISIONAL A FAVOR DE LA QUE ERA MI ESPOSA. SOLO SE NOTIFICO EL AUTO DONDE SE DECRETO EL DIVORCIO Y YA NO SE SIGUIO, ESO FUE EN EL AÑO 2016, PUEDO PEDIR LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA?
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No.
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Podria d3cretarse caducida de instancia en un juicio de divorcio donde se demanda violencia familiar, alimentos y liquidacioncde la sociedad que se constituyo con el matrimonio y donde solo se emplazo y contesto demanda y no se acudio a audiencia de conciliación y ya luego se dejó de dar impulso porcesal por mas de 15 años a la fecha?
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INICIE JUICIO POR MALA PRAXIS A GINECOLOGA ANESTESISTA..Y SALUD PUBLICA..SE LLEGO A AUDIENCIA..Y DEJE…FUE HACE 4 años atrás.. hay pruebas de todo…puedo reiniciar y abrir el juicio
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Así es.
Saludos
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