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Angélica Meza

Abogada litigante experta en derechos de infancia

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derecho familiar

Reconocimiento de paternidad voluntario

Fecha: 13 Abr 2018Autor/a: Angélica Meza 8 Comentarios

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Publicado por Angélica Meza

Lic. Angélica Meza Egresada de la Facultad de Derecho de la UNAM. Experta en argumentación jurídica y derechos de Infancia. Cédula profesional: 4460568. Escribe y dirige Amigos la revista A.C., Citas al número 551697-3391 De lunes a viernes de 9 a 18 horas. angelicameza@amigoslarevista.com Ver todas las entradas de Angélica Meza

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8 comentarios sobre “Reconocimiento de paternidad voluntario”

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  1. Socorro Campos dice:
    9 Ago 2018 de 9:39 am

    En que delito incurre una madre que al nacer su hijo Lo registra como hijo de su pareja que no es el padre biológico del niño?

    Me gustaMe gusta

    Responder
    1. Angélica Meza dice:
      9 Ago 2018 de 12:48 pm

      El reconocimiento es voluntario en el caso de los hombres sino media un acta de matrimonio, en cuyo caso la conducta no es de la mujer (madre). Si el padre biológico no quiso reconocer un hijo, un tercero puede realizar dicho reconocimiento, razón por la cual el niño, niña o adolescente llevará su apellido, filiación y tendrá diferentes derechos.

      Me gustaMe gusta

      Responder
  2. Francisco Leyte dice:
    4 Sep 2018 de 12:25 pm

    Puedo yo ir al registro civil ,con la documentación requerida para el tramite, únicamente yo sin el acompañamiento de la madre y del menor, y reconocer al menor y darle mis apellidos?

    Me gustaMe gusta

    Responder
    1. Angélica Meza dice:
      5 Sep 2018 de 4:02 am

      Hola! Si eres de la ciudad de México y el padre biológico tienen que comparecer juntos previa cita en el registro civil, si no eres el padre biológico será necesario tramitar una jurisdicción voluntaria ante el juez de lo familiar y después realizar la respectiva anotación en el acta de nacimiento, si requieres más detalles mi whatsapp es 551697 3391
      Saludos

      Me gustaMe gusta

      Responder
  3. karla pulido dice:
    7 Dic 2018 de 3:35 pm

    hola buenas tardes se tiene que hacer el reconocimiento en la entidad federativa en donde esta registrado el menor? gracias

    Me gustaMe gusta

    Responder
    1. Angélica Meza dice:
      7 Dic 2018 de 9:23 pm

      Si o se tendrá que mandar oficio al registro civil de la localidad para la respectiva glosa, saludos

      Me gustaMe gusta

      Responder
  4. Haru.gar dice:
    30 May 2019 de 9:14 am

    Buen día, en caso de que se haga el reconocimiento de paternidad se puede anexar o cambiar el nombre del menor?

    Me gustaMe gusta

    Responder
    1. Angélica Meza dice:
      5 Jun 2019 de 6:55 pm

      La consecuencia lógica del reconocimiento de paternidad es que lleve los apellidos del padre y con ello, una nueva identidad que da derechos y obligaciones al padre. Saludos

      Me gustaMe gusta

      Responder

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Lic. Angélica Meza

Egresada de la Facultad de Derecho de la UNAM. Especialista en derechos de niñas, niños y adolescentes Cédula profesional: 4460568.

Cita y whatsapp 551697-3391

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