
Ya habías señalado la forma de realizar el reconocimiento voluntario de un hijo o hija, pero existen ocasiones en que los hombres no realizan voluntariamente dicho reconocimiento, para ese caso se tiene que demandar vía judicial ante un Juez de lo Familiar la declaración judicial expresa y directa de reconocimiento de paternidad.
El hijo reconocido por el padre así podrá tener derecho a llevar el apellido paterno de su progenitor, a ser alimentado por las personas que lo reconozcan; a percibir la porción hereditaria y los alimentos que fije la Ley; entre otros derechos. Por lo que, realizado el reconocimiento de paternidad se hará constar además de los apellidos, la nacionalidad, edad, ocupación y domicilio del padre.
La paternidad puede probarse por cualquiera de los medios ordinarios. Si se propusiera cualquier prueba biológica, como el estudio genético de materinial ADN y el presunto progenitor se negará a proporcionar la muestra necesaria, se presumirá, salvo prueba en contrario, que es el padre.
Por ello, en el caso de reconocimiento de paternidad, la obligación alimentaria es retroactiva al nacimiento, aunque el Juez de lo Familiar deberá valorar y ponderar ciertos elementos a la luz del interés superior del menor y del principio de igualdad y no discriminación para verificar la pertinencia, actualización y/o monto de la pensión alimenticia.
Por lo que el Juez de lo Familiar deberá considerar a fin de decretar un monto razonable que no llegue al abuso:
- Si existió o no conocimiento previo de su obligación; y,
- La buena o mala fe del deudor alimentario.
Para más información no dudes en dejar tus comentarios o preguntas, al comentar tus dudas favor de indicar la localidad desde donde te comunicas, o bien concertar cita al móvil y/o whatsapp 551697-3391 (CDMX)
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Lic. Angélica Meza: Egresada de la Facultad de Derecho de la UNAM. Experta en derechos de niños, niñas y adolescente.
Hola, quisiera saber si me puede orientar, mi caso es un poco complicado ya que mi hijo y Yo vivimos en la ciudad de Morelia y el papá de mi hijo en la CDMX, mi hijo nació en la ciudad de México pero desde que nació mi hijo, ponía muchos pretextos para registrarlo,cuando nace mi hijo me dicen los del registro civil del hospital, que tenía 40 días hábiles para registrar a mi hijo, de lo contrario se me multaria, le comento eto al papá de mi hijo y seguía poniendo pretexto, me vengo a la ciudad de Morelia a casa de mi mamá para recuperarme de la cesárea y el papa de mi hijo se queda en la ciudad de México, motivo por el cual lo registro con mis apellidos, pero de eso ya pasaron 13 Años y aún que después le pedí que lo reconociera él se escudaba diciendo que yo lo había hecho para que no lo registrara el con sus apellidos y aún así jamás le negué que lo viera, que conviviera con el y le comprará lo que el consideraba que necesitaba mi hijo, hasta la fecha de hoy vivíamos juntos por temporadas, pero terminamos la relación hace un par de meses y quiero saber como puedo hacer para que me de lo que le corresponde a mi hijo por Ley
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Puedes demandad en la ciudad de México el reconocimiento de paternidad, tendrías que venir a la ciudad de México con tu hijo para la toma de muestra de ADN, y tu para la audiencia. Primero se debe realizar la prueba de ADN y si es le padre biológico proceden los derechos y obligaciones que tiene hacia el niño. Si quieres asesoría para preparación de la demanda. mi whatsapp es 551697 3391, y hablaríamos de honorarios y gastos. Saludos
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Buenas tardes Lic. Angélica Meza mi hermano quiere reconocer a su hijo pero la mamá no lo deja ya que vive con otra persona y esta la tiene bajo amenaza de que si lo reconoce mi hermano la dejara y ella obedece todo lo que dice su hijo nacio el jueves pasado y no le dejan verlo y se la llevaron a vivir a la casa de su actual pareja le niegan el saber del bebé y todo lo que mi hermano le manda se lo regresan o regalan.El esta en la mejor disposición de hacerce cargo de su hijo y teme por la integridad de e´l ya que la actual pareja de la mamá de su bebé es una persona agresiva.
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Se puede demandar el reconocimiento de paternidad, si los hechos suceden en la ciudad de México, ante los Juzgados orales. Si requieres asesoría personalizada, mi whatsapp es 551697 3391 y sólo litigo en ciudad de México.
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Hola después de nacido al cuánto tiempo se puede demandar la paternidad? Pues estoy embaraza y mi ex pareja me dijo que no lo va reconocer
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Para demandar reconocimiento de paternidad tiene que nacer vivo tu hijo o hija, registrarlo como madre soltera e iniciar el proceso, si el asunto es en ciudad de México podemos agendar cita para preparar demanda, mi whatsapp es 551697 3391
Saludos
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Buenas tardes licenciada. Mi pregunta es: El reconocimiento de paternidad siempre involuctacel cambio de apellidos. En mi caso hay un menor de 13 años que no quiere el cambio de nombre, pero nos interesa la pension, ¿seria posible esto? , el padre jamas ha mostrado interes aun y cuando nosotros ya lo buscamos una vez. estamos en el estado de Coahuila.
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El reconocimiento de paternidad implica necesariamente un cambio de apellidos.
Suerte
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La actual pareja de mi hermano tuvo a su hijo mienttas ella estaba con otra persona, ella lo registró a nombre de ese hombre, sin embargo después dijo que era hijo de mi hermano. Ellos llevan 5 años juntos desde que nació mi sobrino, mi hermano se hizo una prueba de ADN y dió positiva en ser el papá de mi sobrino. Ahora quiere reconocerlo para ponerle sus apellidos, ¿qué tipo de demanda se puede iniciar? Es en El Estado de Mexico. Gracias
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Sólo litigo en la ciudad de México porque la legislación cambia de estado a estado, pero en estricto sentido NO SE PUEDE reconocer a niño que ya tenga un padre en su acta, porque el reconocimiento de paternidad es un acto VOLUNTARIO.
Saludos
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