De lo que más me preguntan en diferentes plataformas, es ¿se puede restringir la convivencia de los niños y las niñas con sus padres? La respuesta es sí. Explico más detalles.
Los padres titulares de la patria potestad de sus hijos tienen diferentes derechos hacia ellos, como la obligación de brindar alimentos; procurar seguridad física, psicológica y sexual; así como fomentar hábitos adecuados para su sano desarrollo; impulsar habilidades de desarrollo intelectual y escolares; realizar demostraciones afectivas, con respeto y aceptación de estas por parte del menor; y determinar límites y normas de conducta preservando el interés superior del menor.
En este sentido, es un derecho y una obligación de los padres educar a los hijos dentro de un ámbito de respeto a su dignidad; pero dicho derecho y obligación no legitima ningún acto de violencia y/o maltrato como acto de educación o formación. Es decir, los actos de disciplina que se encuadren en violencia no sólo son violatorios de derechos, sino puede dar lugar a que un Juez de lo Familiar, vistas las constancias y el interés superior del menor, restrinja la convivencia con algunos de los padres.
Dado que el castigo corporal es incompatible con la educación y con la Convención sobre los derechos del Niño. Se entiende por maltrato:
“El maltrato infantil es entendido como las acciones no accidentales ocasionados a un menor por persona o institución que se supone tiene la obligación de cuidar de su sano desarrollo. El maltrato infantil en casos extremos puede ser constitutivo de delito”
Para restringir la convivencia de uno o ambos padres debe existir una orden judicial, quien evaluará las constancias y escuchará la opinión del menor. Para más detalles sobre qué puede o no hacer un menor de edad en juicio te recomiendo leer este artículo.
A un niño o niña que ha vivido violencia se le debe transmitir seguridad, afecto, esperanza y espacio para el luto. La seguridad se transmite en relaciones interpersonales, el afecto para el manejo de las emociones, el espacio de luto para procesar lo vivido y prepararse para el cambio; y la esperanza para adquirir las habilidades y destrezas para elegir un futuro.
Para más información no dudes en dejar tus comentarios o preguntas. Al comentar tus dudas favor de indicar la localidad desde donde te comunicas.
Sígueme en Twitter @angymeza
Lic. Angélica Meza: Egresada de la Facultad de Derecho de la UNAM. Experta en derechos de Infancia.
Hace poco mas de 4 años mi medio hermano fue a dar a la carcel por abuso sexual en contra de mi hija que ahora tiene 16 años el papa de la niña y yo nos separamos con anterioridad a este suceso,el me amenazaba y definitivamente no me dejo ver mas a la niña desde entonces y por miedo e ignorancia no hice nada…ahora la niña m a localizado y pide verme y hasta querer vivir conmigo de nuevo porque sufre de maltrato fisico y psicologico que hago ahora?
Me gustaMe gusta
Tu hija es mayor de edad y si te busca, sin duda alguna debes apoyarla en todo lo que necesite, dada su edad no tienes ningún limitante jurídico para hacerlo. Saludos
Me gustaMe gusta
Buenas tardes lic. Disculpe tengo una pregunta y me gustaria ver si me puede ayudar.
Que es lo que debo checar y tomar en cuenta para que quede establecido al llegar a un mediador para arreglar la convivencia con mi hija si estamos en el divorcio ??
Me gustaMe gusta
Hola! Lo primero que debes de definir es si vas a utilizar los medios alternativos para la solución de conflicto, como es la mediación, donde debe haber disposición de ambas partes para llegar a un acuerdo y que dicho acuerdo se cumplirá de forma voluntaria, si fuera el caso adelante. Si no están en la misma sintonia las partes para el acuerdo de convivencia con la menor, se tramita un juicio bien sea el de guarda y custodia con régimen de convivencia o si van a tener custodia compartida. Si quieres una asesoría conmigo puedes mandar mensaje al whatsapp 551697 3391 y sólo litigo asuntos en la CDMX.
Quedo atenta y saludos
Me gustaMe gusta