Si al constituir tu familia, cruzaste fronteras, estableciste un domicilio y posteriormente quieres regresar a tu país, tienes que entender las cuestiones básicas de la RESTITUCIÓN INTERCIONAL de niños, niñas y adolescentes se centra en dos aspectos: El primero, el traslado de una niña, niño o adolescente fuera del ENTORNO HABITUAL y ambiente social y familiar en el que desarrollaba su vida; y segundo, la posibilidad de que una persona que no ejerce el derecho de custodia, busque conseguirlo en un país distinto.

México es parte de la CONVENCIÓN SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE LA SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES, la cual busca garantizar la protección de los niños, niñas y adolescentes a la luz de su interés superior, para la restitución inmediata de los niños SUSTRAÍDOS, con el objetivo de restablecer la situación modificada unilateralmente por alguno de los padres.

El traslado o la retención de una niña, niño o adolescente se consideran ILÍCITOS cuando infringen un derecho de custodia atribuido a una persona, una institución o cualquier otro organismo, con arreglo al derecho vigente del Estado en el que el niño tenía su RESIDENCIA HABITUAL. Se infringe un derecho de custodia cuando éste se ejercía en forma efectiva, separada o conjuntamente, en el momento del TRASLADO o de la retención; o se habría podido ejercer de no haberse producido.

Por lo que debes considerar:

  1. El procedimiento de restitución NO versará sobre el fondo del asunto, es decir, NO SE DECIDE SOBRE EL DERECHO DE CUSTODIA, únicamente se centra en regresar al niño o niña a su residencia habitual.
  2. México NO TIENE un procedimiento de URGENCIA o especial para las solicitudes de restitución internacional.
  3. La Convención NO REGULA emplazamiento, procedimiento o medios de impugnación, por lo que se utiliza el derecho interno de cada estado o país, según se trate.
  4. La Convención reconoce la presunción de INTERES SUPERIOR del niño o niña sustraída, el cual no establece un principio que favorezca al padre o la madre sino a su RESIENCIA HABITUAL.
  5. El derecho de solicitar la RESTITUCIÓN INTERNACIONAL debe hacer valer en un periodo menor a un año.

El procedimiento de restitución internacional se compone de:

  1. Localizar al niño, niña o adolescente trasladado, en el caso de México, la solicitud de restitución llegará a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores a los Juzgados Familiares, quien deberá girar oficio a la INTERPOL para la localización y presentación del niño o niña ante el Juez de lo Familiar
  2. De igual forma, el Juez de lo Familiar deberá ordenar todas aquellas medidas para prevenir cualquier tipo de daño o riesgo.
  3. Tanto el Juez de lo Familiar como el personal de la Secretaría de Relaciones Exteriores deberán garantizar en un plazo razonable la restitución VOLUNTARIA o buscar la solución amigable, pero el padre o madre también puede OPONERSE a la restitución.
  4. Para garantizar el debido proceso se debe emplazar al padre o madre que se encuentre en nuestro territorio, para que conteste, en su caso se oponga, ofrezca pruebas y excepciones y se deberá realizar una audiencia.
  5. Las EXCEPCIONES para oponerse a la RESTITUCIÓN INTERNACIONAL son: evitar peligro físico o psíquico que pueda representar la restitución al niño o niña, a partir de medir el grado de afectación y velar por su estabilidad.
  6. El personal de la Secretaria de Relaciones Exteriores debe conceder asistencia jurídica, facilitar la información sobre la aplicación de la convención.

Por ello, si eres mexicana y quieres regresar a tu país, antes de hacerlo debes contactar a tu consulado en el país donde te encuentres para que te brinde asesoría sobre este procedimiento y las implicaciones de un traslado sin antes haber obtenido un acuerdo de custodia.

Para más información no dudes en dejar tus comentarios, preguntas o mandar un WhatsApp 551697-3391, al comentar tus dudas favor de indicar la localidad desde donde te comunicas, si es una duda o tienes un procedimiento sea por iniciar o iniciado. La información aquí obtenida se aplica en la ciudad de México, lugar donde litigo y favor de escribir en horario de 9:00 a 19:00 de lunes a viernes, salvo URGENCIAS. Sígueme en Twitter @angymeza

Lic. Angélica Meza: Litigante en la ciudad de México y experta en derechos de infancia

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