De las preguntas que más realizan tienen que ver con la salida de niños, niñas o adolescente del territorio nacional, siendo que en anterior artículo señalamos como solicitar permiso al Juez cuando alguno de los padres/madre se niega autorizar el viaje; por lo que en el presente artículo señalaré lo que se requiere para la salida sea con uno de los padres o con familiar ajeno a los padres (abuelos, tíos, etc.).

Por ello, en el aeropuerto o internacional u otra salida ya sea marítima o terrestre, el Agente Federal de Migración revisará todos los documentos y los cotejará con el Formato SAM. Los documentos que se requieren son:

Autorización de persona que tiene su tutela jurídica o la guarda y custodia; otorgada ante fedatario público o autoridad competente, como un Juez de lo Familiar; donde se señale la temporalidad de la autorización;

Cuando se trate de un documento otorgado en el extranjero, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con su traducción cuando se trate de idioma distinto al español

Llenar el FORMATO DE SALIDA DE MENORES (SAM) en línea e imprimir 3 juegos para ser presentado ante la autoridad migratoria en el momento en que el niño, niña o adolescente pretenda salir del país. El formulario es gratuito y se obtiene AQUÍ.

El formato deberá ser llenado por papá, mamá o ambos, y en su caso, el tutor legal del menor; donde se señalen los datos de la niña, niño o adolescente o persona bajo tutela jurídica que saldría de México, incluyendo datos del pasaporte o documento de identidad; así como los datos del papá, mamá o de quien ejerce la patria potestad o la tutela y quien autoriza la salida del país.

El formato de salida de menores (SAM) aplica para niños, niñas y adolescentes mexicanos, y/o mexicanos con doble nacionalidad (una de ellas mexicana) y extranjeros con condición de estancia de residente temporal, residente temporal estudiante o residente permanente. Tiene una vigencia de 180 días contados a partir de su elaboración y se deberá acompañar con la siguiente documentación:

  • Original y 3 copias del pasaporte del niño, niña o adolescente;
  • 3 copias del acta de nacimiento del niño, niña o adolescente;
  • 3 copias de la identificación oficiales de los padres o tutores; y
  • 3 copias de quien recibe el permiso en caso de que el niño, niña o adolescente viaje con un tercero

En el caso de que el niño, niña o adolescente viaje sin acompañante -además de los requisitos ya mencionados-, la aerolínea podrá requerir completar un trámite especial, en el que se indique la persona a quien deberá confiarse a la niña, niño o adolescente en el puerto de llegada. Durante el viaje (incluso si hay escalas) la persona menor de edad queda bajo custodia de la aerolínea. Las reglas y edades de estos servicios varían según la aerolínea -y pueden generar costos extra.

La salida de niños, niñas y adolescentes del territorio nacional podrá limitarse en casos en que exista una alerta migratoria o estén sujetos a un procedimiento de restitución internacional. Es decir:

El traslado o la retención de una niña, niño o adolescente ILÍCITO que infringe un derecho de custodia, con arreglo al derecho vigente del Estado en el que el niño tenía su RESIDENCIA HABITUAL

Para más información no dudes en dejar tus comentarios, preguntas o mandar un WhatsApp 551697-3391, al comentar tus dudas favor de indicar la localidad desde donde te comunicas, si es una duda o tienes un procedimiento sea por iniciar o iniciado. La información aquí obtenida se aplica en la ciudad de México, lugar donde litigo y favor de escribir en horario de 9:00 a 19:00 de lunes a viernes, salvo URGENCIAS. Sígueme en Twitter @angymeza

Lic. Angélica Meza: Litigante en la ciudad de México y experta en derechos de infancia

Anuncio publicitario